La prohibición ESPR de destruir textiles ya se aplica
El artículo 25 del ESPR ha pasado a ser aplicable: las grandes empresas no pueden destruir textiles ni calzado sin vender, y las medianas se incorporan en 2030.
Desde el 19 de julio de 2026 es aplicable el artículo 25 del Reglamento de diseño ecológico (UE) 2024/1781. Desde entonces, las grandes empresas de la UE ya no pueden destruir prendas de vestir, complementos de vestir ni calzado sin vender. La Comisión Europea anunció el inicio de la aplicación por separado el 17 de julio de 2026.
A quién afecta
Lo determinante es el tamaño de la empresa según la definición de la UE:
| Categoría | Situación |
|---|---|
| Microempresas y pequeñas empresas | exentas |
| Medianas empresas | afectadas desde el 19 de julio de 2030 |
| Grandes empresas | afectadas desde el 19 de julio de 2026 |
Una empresa es grande a partir de 250 personas empleadas, o con más de 50 millones de euros de facturación anual, o más de 43 millones de euros de balance anual. La clasificación incluye las empresas vinculadas – un detalle que decide en la práctica si una marca con 180 personas empleadas propias ya está afectada hoy.
Qué cambia en la práctica
Para las empresas afectadas, la destrucción solo sigue siendo admisible en supuestos delimitados con precisión: mercancía insegura o dañada, falsificaciones y vulneraciones de derechos de propiedad intelectual, así como cuando se ha rechazado una entrega a destinatarios sin ánimo de lucro. Quien invoque una de estas excepciones debe acreditarla – por ejemplo, con documentos o resultados de ensayo – y publicar cada año qué cantidades se descartaron y por qué motivos. Los justificantes deben conservarse cinco años.
En lo operativo, esto no afecta al departamento jurídico, sino al diseño de los procesos de devoluciones y almacén: los restos de serie, la mercancía de segunda calidad y las devoluciones desechadas necesitan desde ahora una vía de valorización documentada, no solo una partida de eliminación.
Qué no cambia
La prohibición de destrucción no es un pasaporte de producto. No genera ninguna obligación de DPP para los textiles ni exige datos por artículo como la composición de materiales o el origen. Ambas figuran en el mismo reglamento, pero siguen plazos distintos: la obligación de DPP para los textiles solo nacerá con el acto delegado del grupo de productos, que a principios de septiembre de 2026 aún no se había aprobado.
Excepciones, obligaciones de acreditación y umbrales de tamaño en detalle: La prohibición de destruir textiles y calzado sin vender.
Más novedades
- Plazos
Septiembre de 2026: sin acto ESPR para textil ni muebles
Para textiles, neumáticos, muebles y colchones sigue sin existir un acto delegado del ESPR; todos los procedimientos están en fase de preparación y consulta.
- Plazos
PPWR: vencido el plazo del acto sobre etiquetado
El acto de ejecución sobre el etiquetado armonizado de envases, exigible para el 12 de agosto de 2026, no existe; el plazo de adaptación de 24 meses no ha comenzado.
- Reglamento
La PPWR se aplica: Reglamento (UE) 2025/40 en vigor
El Reglamento europeo de envases es generalmente aplicable desde el 12 de agosto de 2026, con restricciones de sustancias, obligaciones del productor y responsabilidad de los mercados.