Normas

Seis normas DPP citadas en el Diario Oficial de la UE

Con la Decisión de Ejecución (UE) 2026/1736, seis de las ocho normas DPP figuran en el Diario Oficial: quien las aplica obtiene la presunción de conformidad frente al ESPR.

El 15 de julio de 2026 se citaron seis normas europeas para el Pasaporte Digital de Producto en el Diario Oficial de la Unión Europea. La base es la Decisión de Ejecución (UE) 2026/1736 de 14 de julio de 2026.

Qué se ha citado

Se trata de seis normas de la serie EN 18216 y siguientes, elaboradas por el comité conjunto CEN-CLC/JTC 24 por encargo de normalización de la Comisión Europea y publicadas como normas europeas definitivas el 27 de mayo de 2026:

  • EN 18216 – protocolos de intercambio de datos
  • EN 18219 – identificadores únicos de productos, agentes económicos y emplazamientos
  • EN 18220 – soportes de datos en el producto
  • EN 18221 – almacenamiento, archivo y persistencia de los datos
  • EN 18222 – API para la gestión del ciclo de vida y la localización
  • EN 18223 – interoperabilidad de sistemas

Siguen faltando dos normas de la serie: la EN 18239 sobre derechos de acceso y seguridad de la información y la EN 18246 sobre autenticación e integridad de los datos. Ninguna de las dos estaba publicada a principios de septiembre de 2026.

Qué cambia con ello

La cita en el Diario Oficial convierte una norma técnica en norma armonizada con presunción de conformidad. Quien diseñe su pasaporte de producto conforme a una norma incluida se presume por derecho que cumple los requisitos correspondientes del Reglamento de diseño ecológico (UE) 2024/1781. La carga de la prueba se invierte: no es la empresa quien debe acreditar la idoneidad técnica, sino la autoridad de vigilancia del mercado quien tendría que demostrar lo contrario.

Para las marcas que venden en la UE se trata, ante todo, de una cuestión de compras. A un software DPP se le puede exigir desde ahora, de forma verificable, que implemente identificadores, soportes de datos e interfaces conforme a las normas EN 18219, EN 18220 y EN 18222. Antes era una cuestión de confianza sin un criterio sólido.

Qué no cambia

La cita no crea ninguna obligación. Las normas armonizadas siguen siendo voluntarias; una vía técnica distinta es admisible, pero entonces la conformidad debe acreditarse de forma autónoma. Tampoco dice nada sobre qué contenidos debe llevar un pasaporte de producto: eso lo regula el acto delegado del grupo de productos correspondiente y, a principios de septiembre de 2026, no se había aprobado ninguno. Las normas siguen además siendo de pago y se venden por documento a través de los organismos nacionales de normalización.

Qué regula cada norma y dónde están los límites de la serie se explica en la guía Las normas europeas para el Pasaporte Digital de Producto.

Más novedades

  1. Plazos

    Septiembre de 2026: sin acto ESPR para textil ni muebles

    Para textiles, neumáticos, muebles y colchones sigue sin existir un acto delegado del ESPR; todos los procedimientos están en fase de preparación y consulta.

  2. Plazos

    PPWR: vencido el plazo del acto sobre etiquetado

    El acto de ejecución sobre el etiquetado armonizado de envases, exigible para el 12 de agosto de 2026, no existe; el plazo de adaptación de 24 meses no ha comenzado.

  3. Reglamento

    La PPWR se aplica: Reglamento (UE) 2025/40 en vigor

    El Reglamento europeo de envases es generalmente aplicable desde el 12 de agosto de 2026, con restricciones de sustancias, obligaciones del productor y responsabilidad de los mercados.

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